Abogado delito de homicidio en Coslada

Acabar con la vida de otra persona es uno de los crímenes más severos en cualquier comunidad. Este acto es estrictamente regulado, perseguido y castigado con el mayor rigor, recibiendo especial atención de todas las autoridades y organismos judiciales. En este sentido, el delito de homicidio en Coslada no es una excepción.

En Abogado Delitos, somos un despacho especializado en delitos penales que buscamos ayudar a nuestros clientes a comprender mejor los aspectos legales y las características de ciertas conductas delictivas con las que pueden encontrarse. Por ello, vamos a detallar los elementos relacionados con el homicidio, con el propósito de guiar a nuestros lectores y clientes en temas como las sanciones, la regulación y las circunstancias que pueden influir en la gravedad de las penas, ya sea como agravantes o atenuantes.

Definición y tipos del delito de homicidio en Coslada

El homicidio se refiere al acto de causar la muerte de otra persona. Este delito atenta contra el derecho fundamental de la vida humana independiente, protegiendo legalmente la existencia de las personas. No obstante, no abarca la muerte autoinfligida o el suicidio, siempre y cuando no haya mediado incitación o ayuda para llevarlo a cabo. Este delito está regulado en el Título I del Libro II del Código Penal, en los artículos que van del 138 al 143 bis.

La conducta tipificada se describe con el verbo «matar», es decir, quitarle la vida a otro ser humano. La muerte debe ser una consecuencia directa de la acción del perpetrador. En este contexto, el Código Penal no distingue entre los métodos utilizados para cometer el homicidio (salvo en casos de homicidio agravado), sin importar si se empleó violencia o si el acto se produjo por omisión.

El interés jurídico protegido es la vida humana independiente, que comienza en el instante del nacimiento y se prolonga hasta la muerte de una persona, entendiendo el nacimiento como el momento en que el ser humano se desprende del útero materno.

Los delitos de homicidio se clasifican, y las sanciones correspondientes se determinan, basándose en la intención que motivó la acción llevada a cabo. Dentro de este marco, se hacen distinciones entre:

Ausencia de intención: delito de homicidio imprudente

Cuando se habla de homicidio por imprudencia, se refiere a un caso en el que la persona responsable evita cumplir con sus deberes cívicos de previsión, prevención y cuidado, lo que contribuye de manera significativa al resultado trágico. Dicho de otra manera, este tipo de delito ocurre cuando, debido a un acto temerario:

  • El fallecimiento de la víctima debe estar causalmente relacionado con la conducta imprudente, ya sea por acción o por omisión.
  • Se omiten o se realizan acciones sin la debida precaución.
  • La muerte de alguien es un resultado previsible debido a la falta de prudencia en la acción u omisión.
  • En casos de omisión (que se considera equivalente a la acción), la falta de cumplimiento de un deber jurídico, ya sea por obligación legal, contractual o por estar en una posición de garante (creando una situación de peligro para la vida).

El homicidio por imprudencia puede clasificarse en:

  • Hiperagravado: se considera esta categoría cuando la omisión o acción imprudente pone en riesgo de muerte a más de una persona.
  • Menos grave: ocurre cuando la conducta imprudente genera un riesgo menor para la vida de la víctima.
  • Grave: se da cuando la muerte es la consecuencia final de un acto que representa un peligro para la vida, sin necesidad de que haya intención deliberada de causar el fallecimiento. Este tipo de situaciones suele presentarse en contextos laborales, durante la conducción temeraria de vehículos o por el uso imprudente de armas de fuego, cuando la falta de precaución o medidas de seguridad resulta en un desenlace fatal.

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Intencionado: delito de homicidio doloso o “con dolo”

El homicidio doloso se distingue por la presencia de dolo, lo cual significa que hay plena conciencia e intención de provocar la muerte de otra persona. En otras palabras, el homicidio doloso ocurre cuando quien comete el delito no solo sabe que sus acciones podrían resultar en la muerte de alguien, sino que también tiene la voluntad de que esto suceda. El Tribunal Supremo ha establecido que este deseo de matar abarca tanto el dolo eventual como el dolo directo.

El dolo eventual se presenta cuando la persona, consciente de que su acción podría terminar en la muerte mientras lleva a cabo otra actividad delictiva, acepta este riesgo como parte del objetivo que persigue.

Tentativa de homicidio

El homicidio puede clasificarse en dos formas: como un acto consumado o como un intento fallido. No obstante, esta distinción legal ha sido objeto de debate, ya que en la práctica a veces resulta difícil diferenciar entre un intento de homicidio y las lesiones que finalmente llevaron a la muerte de la víctima.

La intención del autor es crucial para distinguir entre ambos escenarios, es decir, si su objetivo era matar o simplemente infligir daño. En este contexto, la jurisprudencia se guía por los siguientes criterios:

  • Analizar el medio empleado en la agresión.
  • Evaluar el lugar y momento en que se cometió el acto delictivo.
  • Considerar la relación existente entre el agresor y la víctima.
  • Revisar el estado final de la víctima después del ataque, incluyendo la repetición o persistencia de los ataques, así como la gravedad y naturaleza de las lesiones.
  • Examinar los eventos que ocurrieron antes de la agresión.

Este último punto es fundamental para esta distinción. Es relativamente frecuente en estos casos que, bajo estados de embriaguez o bajo la influencia de las drogas, una discusión se suba de tono hasta el punto de desencadenar una pelea cuyas consecuencias se puedan ver agravadas. En el mes de junio de 2024, un hombre de 26 años, bajo la influencia del alcohol, apuñaló en repetidas ocasiones la pareja de su hermana tras una fuerte discusión, causándole diversas heridas de gravedad.

Homicidio preterintencional

El homicidio preterintencional no está definido de manera explícita en el Código Penal, pero ha sido reconocido y aplicado en numerosas ocasiones por los tribunales. Este tipo de homicidio se da cuando la culpabilidad del autor no encaja en las categorías de dolo o imprudencia.

Por ejemplo, se configura un homicidio preterintencional cuando alguien tiene el propósito de causar lesiones, pero accidentalmente termina provocando la muerte de la persona. En estos casos, la intención inicial del autor era solo herir, no matar. El Tribunal Supremo afirma que se debe evaluar tanto la intención original del acto como el resultado final. Para que el autor enfrente responsabilidades penales por homicidio, es crucial establecer una relación objetiva entre la acción realizada y el desenlace fatal.

Asesinato: ¿cómo se distingue del homicidio?

Siempre surge la duda sobre la diferencia legal entre asesinato y homicidio. Ambos involucran la pérdida de una vida humana a manos de otra persona, pero se diferencian por la gravedad del acto. El asesinato implica una responsabilidad legal más grave debido a factores como la premeditación, el ensañamiento o la obtención de un beneficio económico o recompensa.

La alevosía se define como una circunstancia que garantiza que el autor del crimen no enfrenta riesgo alguno de reacción defensiva por parte de la víctima. 

Un delito se considera asesinato cuando se lleva a cabo por encargo, como contratar a un sicario, con el propósito de obtener una recompensa o beneficio económico. Tanto la persona que comete el acto como quien lo ordenó serán responsables penalmente.

El ensañamiento, por su parte, es una agravante que se refiere a causar un sufrimiento cruel y deliberado a la víctima, infligiendo dolor innecesario durante la comisión del crimen.

En resumen, todos los asesinatos son homicidios, pero no todos los homicidios califican como asesinatos debido a las circunstancias agravantes que los caracterizan. Así, un asesinato puede considerarse como un homicidio con agravantes.

Responsabilidades del sentenciado por delito de asesinato

Según lo expuesto anteriormente, el artículo 140 del Código Penal regula el tipo agravado del delito de asesinato. En estos casos, el condenado enfrenta la pena de prisión permanente revisable si se presenta alguna de las siguientes circunstancias:

  • El asesinato es perpetrado por alguien asociado a una organización delictiva, como en un atentado terrorista.
  • La víctima es una persona vulnerable, como un menor de 16 años, una persona con discapacidad o una persona anciana.
  • El asesinato ocurre como un acto subsiguiente a un delito de agresión sexual.

Por otro lado, el artículo 139.1 del Código Penal establece las penas para el tipo básico de asesinato. Cuando se dan las circunstancias señaladas, la sanción es de prisión de entre 15 y 25 años. Si concurren múltiples circunstancias, las penas mínimas se elevan a 20 años y un día, hasta un máximo de 25 años.

La sentencia más severa: prisión permanente revisable

La prisión permanente revisable es una figura legal que se encuentra en el sistema penal de varios países, incluyendo España. Se trata de una condena de larga duración que permite la posibilidad de revisión y, en última instancia, la liberación del condenado bajo ciertas condiciones establecidas por la legislación.

En España, esta pena fue introducida en 2015 como parte de una reforma del Código Penal. Se aplica a los delitos más graves, tales como asesinatos en circunstancias especialmente graves, homicidios de menores de 16 años o homicidios múltiples, entre otros.

Una de las características distintivas de esta pena es que el condenado no puede optar a la libertad condicional durante un período que generalmente varía entre 25 y 35 años, dependiendo de la gravedad del delito. Una vez transcurrido este período, un tribunal revisa la situación del recluso para decidir sobre su posible liberación. La decisión se basa en factores como el comportamiento del condenado en prisión, el riesgo de reincidencia y otros criterios legales.

La prisión permanente revisable ha generado controversia en diferentes países. Algunos la consideran excesivamente dura, mientras que otros la ven como una medida necesaria para delitos extremadamente graves. La percepción y la regulación de esta pena pueden variar ampliamente según la cultura jurídica y la opinión pública en cada país.

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