Delitos de lesiones

Diferencias entre delito de homicidio y asesinato

Entre el delito de homicidio y el de asesinato existen multitud de diferencias. Para entenderlo mejor, hay que partir de la idea de que el homicidio es el tipo base. Pero, ¿tipo base con respecto a qué bien jurídico protegido? Básicamente, de la vida independiente, ya que para los casos en los que se atente contra la vida humana dependiente se prevé el aborto.

Así pues, es importante saber diferenciar ambos preceptos, debido a que las repercusiones penales varían considerablemente.

¿Qué es el delito de homicidio y en qué se diferencia del asesinato?

El Código Penal explica el homicidio como la acción de matar a otro, sin ningún requisito especial ni atención a los medios causados. Su regulación estaría comprendida en el Artículo 138 del Código Penal, con alusión a otros preceptos para agravar la pena. Se trata así, de uno de los delitos que motivó la necesidad de que existiera una ley penal.

Además, cuando se produce una conducta delictiva de estas magnitudes, las personas del entorno disminuyen su sensación de sentirse seguros. Algo que ha servido en los últimos años como motivación política para endurecer las penas.

La sociedad pide y el Estado satisface sus deseos, algo bastante polémico desde una perspectiva profesional.

No obstante, en el caso del homicidio cabe destacar la importancia de señalar los sujetos que intervienen en el hecho. Tanto la víctima como el homicida son personas normales, sin ningún tipo de rasgo especial. Sin embargo, existen ciertos supuestos especiales que tienen en cuenta a la víctima a la hora de la comisión del hecho. Si se atenta contra la Corona, contra Jefes de Estado internacionales o funcionarios públicos, se aplicaría otro delito.

Así, se puede observar la diferencia entre un supuesto y otro. En el primero, la acción puede estar motivada en matar a un ciudadano cualquiera, incluso conocido del delincuente. En el segundo, el foco público de las personas citadas exige una protección mucho mayor.

Por otro lado, al privar a una persona de su vida es indiferente el como se lleve a cabo dicha acción. Esto no quiere decir, que a veces los medios puedan agravar la pena de alguna forma. Si bien existen muchas formas de conseguir este objetivo delictivo, a veces, los agresores van más allá. Sus pretensiones no se basan únicamente en matar a una persona en concreto, sino que buscan su sufrimiento o un beneficio con ello.

El asesinato y sus características

Para que se cumplan los elementos del tipo del delito de asesinato tiene que concurrir al menos una causa de las que figuran en el propio artículo 139 del Código Penal. Se prevén cuatro circunstancias:

  • En primer lugar, cometer la acción antijurídica persiguiendo obtener una recompensa, cumplir una promesa o conseguir un precio. Circunstancia pensada para no dejar a sicarios y profesionales de la muerte sin un tipo que no les tenga en cuenta. Asimismo, en algunos casos, las personas que asesinan a un familiar ascendente para hacerse con su herencia pueden incluirse en este precepto.
  • En segundo lugar, si se busca causar deliberadamente un sufrimiento intenso a la víctima del delito, se consideraría asesinato. Esto es debido a lo inhumana que figura una conducta así y lo innecesarias que se pueden ver algunas acciones contra alguien que ya va morir. Por ejemplo, cuando un asesino acuchilla en órganos vitales, ésta no sobreviviría. Si sigue acuchillándola o incluso la quema, aun estando con vida, su objetivo no es otro que hacerla sufrir.
  • El tercer elemento, es establecido legalmente para reprimir algunas conductas instintivas. Muchas personas, a la hora de cometer un delito, piensan que si dejan viva a la víctima serán encarcelados y, por tanto, descubiertas. Por ello, algunos violadores o agresores acaban asesinando a sus víctimas para intentar evitar ser descubiertos.
  • Por último, se tiene en cuenta que concurra alevosía al matar a una persona por su efecto general. Esto es porque no da ninguna oportunidad a la víctima de poder defenderse. Se posiciona pensando en obtener un resultado lesivo del bien jurídico vida, sin riesgos.  Aún así, esta condición, a veces, puede llegar a producir confusiones con la agravante de abuso de superioridad.

Pues bien, la diferencia reside en la motivación de ambas conductas. La primera busca conseguir, sin riesgo alguno, consumar la acción delictiva. Mientras tanto, la segunda solo se fundamenta en la debilitación o anulación de las facultades de la víctima. Por tanto, no asegura el hecho, sólo lo facilita.

 

Responsabilidad penal por matar o asesinar a alguien

Ahora bien, a la hora de enjuiciar a cada uno de estos reos, las penas difieren altamente. Un delito homicidio básico supondría una pena privativa de libertad por tiempo de 10 a 15 años. En cambio, cuando concurre un delito asesinato, esa pena se eleva desde los 15 a los 25 años. Aún así, existen otros supuestos como el homicidio agravado, imprudente grave o menos grave, que elevan o disminuyen esta responsabilidad.

En el homicidio agravado, se exige la existencia de algunos de los siguientes factores.

  • Menor de 16 años o persona dependiente y vulnerable (por edad, enfermedad o discapacidad).
  • Pertenencia a grupo u organización criminal.
  • Consecuencia de la comisión de un delito contra la libertad sexual.

En caso de concurrir alguno, el homicidio agravado se castigaría con la pena superior en grado. Si se partiera del supuesto de asesinato, será motivo para establecer la prisión permanente revisable. Asimismo, si el asesino arrebatase la vida a más de dos personas, también se consideraría motivo para poner la misma pena.

En cuanto al homicidio imprudente grave, la ley designa una condena alrededor de 1 y 4 años de cárcel. Por su parte, aquellos supuestos no tan graves serán abordados con una sentencia de 3 meses a 18 meses de pena privativa de libertad. Junto a estas privaciones, el juez puede ordenar la inhabilitación especial o la privación de algunos derechos.

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