Se considera atenuante de reparación del daño la acción que realiza un acusado de haber cometido un delito para compensar a la víctima el daño causado. El atenuante de reparación del daño es una de las circunstancias reconocidas en el Capítulo III del Código Penal que hacen posible la disminución de la pena. Puede realizarse en cualquier momento del procedimiento, pero siempre antes de la celebración del acto del juicio oral.
El Juez tiene la potestad de valorar la atenuante de reparación del daño para reducir la pena. En función de esta valoración, la pena podrá ser rebajada en uno o dos grados. Por ejemplo, si con la atenuante el juez considera que se ha reparado totalmente el daño o perjuicio causado en el delito, la pena podrá bajar hasta en dos grados. Para conseguir este tipo de beneficios y de atenuantes, lo mejor es contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho penal.
La ley dispone que cuando existen atenuantes, como la de reparación del daño, se puede aplicar la pena inferior en grado. Una rebaja de uno o dos grados puede reducir a la mitad la pena original. Por ejemplo, si al acusado le piden 5 años de prisión, con la atenuante de reparación del daño puede rebajarse a 2 años.
Nuestra ley establece que cuando una sentencia establece una pena de más de 2 años de prisión, esta condena no puede suspenderse. Y aquí está otro beneficio importante de la atenuante. Con la atenuante de reparación del daño, la pena puede reducirse a 2 años. De esta forma, el culpable del delito puede acceder a la suspensión de la prisión y evitar su ingreso en la cárcel.
A cada delito le corresponde una pena. Pero por determinadas circunstancias esta pena puede agravarse o atenuarse. Si el juez entiende que hay circunstancias agravantes, aumentará la pena. Si constata que existen atenuantes, la disminuirá.
Es el caso de disminución de pena que corresponde a la atenuante de reparación del daño. Se calcula restando al límite mínimo determinado la mitad de ese número.
Por ejemplo, si un acusado cometió un delito para el que se establece una pena de 6 años de prisión, cuando hay atenuantes se le restan 3. Por lo tanto, la pena mínima inferior en grado será 3. El juez podrá decidir una condena entre más de 3 y menos de 6 años de prisión.
Están en este grupo los casos en los que hay agravantes. Por ejemplo, si un acusado cometió un delito para el que se establece una pena máxima de 6 años de prisión, cuando hay agravantes se le suman 3. La pena máxima superior para este caso será 9. De este modo, el juez fijará una pena superior en grado que se moverá en el rango de más de 6 y hasta 9.
El artículo 66 del Código Penal establece los detalles del cálculo. Se especifica cómo procederá el juez atendiendo al número de circunstancias agravantes o atenuantes (una, dos o más de dos) y las características de las mismas.
Para que el juez considere que la reparación del daño realizada por el acusado del delito necesita reducción de pena, dicha reparación tiene que ser significativa y de eficacia.
En este sentido, la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2006, establece que esta reparación del daño o disminución de sus efectos, se puede realizar por varios medios. En esta sentencia reconoce que puede ser por las siguientes vías:
Aunque en esta sentencia se reconocen diversas formas de reparar el daño, la forma más efectiva y significativa es una reparación económica. Esto equivale a pagar al afectado una suma tal que el juez pueda considerar que realmente tiene intenciones de reparar el daño causado. De esta manera, la atenuante será estimada como muy cualificada y se podrá disminuir la pena hasta en 2 grados.
La valoración que el juez hace de la forma en la que el acusado repara el daño de la víctima es fundamental a la hora de reducir la pena. Se entiende que la reparación cubrirá daños físicos, psicológicos y materiales. Y a estos aspectos tiene que atender quien intenta acudir a la atenuante de reparación del daño para reducir su pena.
Esa acción de reparación debe ser eficiente y relevante y se debe indemnizar o reducir el efecto en los daños personales y materiales de la víctima. Es decir, que el acusado tiene que mostrar con su aporte que su intención es resarcir con justicia a la víctima por las lesiones que le provocó.
Por lo tanto, el acusado debe evaluar con seriedad el daño que ocasionó. Para que la atenuante de reparación del daño sea considerada muy cualificada, es necesario que el acusado haga un máximo esfuerzo.
¿Qué aspectos tendrá en cuenta a la hora de considerar los daños que causó y la reparación que deberá realizar? En primer lugar considerará el contexto general de la reparación. No se trata de pagar los daños. El contexto se relacionará directamente con una instancia judicial en la que habrá una condena. Por lo tanto, solo resarcir los daños no será suficiente. La reparación del daño deberá incluir un plus que compense a la víctima y que mueva al juez a reducir la pena.
Si la persona confiesa que es culpable de un delito antes de conocer que hay un procedimiento judicial que lo involucra, la ley lo considera un atenuante. La confesión en sí misma no es reparación de daño. Ahora bien, el acusado puede, además de confesar, realizar una reparación depositando dinero para la víctima, por ejemplo. En este caso, a la hora de valorar la reparación del daño, el juez verá dos atenuantes. De acuerdo con el artículo 66 del Código Penal, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados, según la entidad de las circunstancias atenuantes.
Un abogado especialista en asuntos penales manejará de la mejor manera el tema de la atenuante de reparación del daño. Aconsejará a su cliente cómo debe actuar y qué le conviene ofrecer para que su condena sea la mínima.
El concepto de delito contra la seguridad vial se refiere las acciones u omisiones… Leer más
El consumo de alcohol es uno de los factores de riesgo que, según la DGT,… Leer más
Los abogados criminalistas atraen una gran atención y generan debates significativos en la sociedad. En… Leer más
El sistema legal español es diverso y complejo. Estas características determinan complejidades en la resolución… Leer más
Si algo caracteriza nuestro ordenamiento jurídico es que cuenta con un gran catálogo de… Leer más
En nuestra norma penal se contemplan una gran variedad de delitos leves. Estos representan la… Leer más
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación, y ofrecer contenidos y publicidad de interés. Al continuar con la navegación entendemos que se acepta nuestra Política de cookies