Categorías: Derecho penal

¿En qué consiste una querella criminal?

La querella criminal es un instrumento legal que da inicio a un proceso jurídico penal. Comienza con la presentación ante el juez o el tribunal de un documento en el que se relatan hechos con apariencia delictiva. Con este documento, quien presenta la querella criminal manifiesta su acusación y solicita la investigación de los hechos.

El artículo 101 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que todos los ciudadanos pueden ejercer la acción penal, que es pública. Y este artículo se complementa con el 270 de la misma ley, que reconoce el derecho de todos a querellarse para hacer efectiva esa acción penal. No es indispensable que quien presenta la querella criminal haya sido afectado por el delito.

Diferencias entre querella criminal y denuncia

La querella y la denuncia son figuras jurídicas diferentes. En ambos casos siempre lo mejor es el asesoramiento de un buen abogado con experiencia en derecho penal. Las diferencias más relevantes son:

  • El querellante interviene directamente en el procedimiento a través de su abogado. Puede solicitar acciones especiales de investigación. Es parte activa del proceso. En la denuncia, en cambio, las acciones para dilucidar el delito quedan totalmente en manos del fiscal y del juez.
  • Una diferencia muy importante para la continuidad de la investigación es que quien presenta querella puede acusar al querellado. ¿Por qué esta condición es importante?

Si el Fiscal decidiera no acusar al querellado, el Juez estaría obligado a cerrar el caso, pues solo puede condenar si existe acusación. Por tanto, cuando el querellante denuncia directamente al acusado, el juez de instrucción tiene la potestad de iniciar un juicio oral y el juez enjuiciador podrá condenarlo.

  • La posibilidad de recurrir la resolución judicial es otra diferencia entre la querella y la denuncia. En la querella es posible recurrir la desestimación judicial, pero no ocurre lo mismo en el caso de la denuncia. Cuando el juez o el tribunal no admite una querella, es posible presentarla nuevamente.
  • Se puede querellar tanto delitos públicos como privados. La denuncia, en cambio, solo es válida para delitos públicos.
  • El lugar ante el cual se presenta es también diferencia entre denuncia y querella. La denuncia se puede presentar ante la autoridad judicial, el Ministerio Fiscal o la Policía. La querella solo se presenta en el juzgado competente.
  • La querella criminal debe ser suscrita obligatoriamente por un abogado y de un procurador. La denuncia puede formularse por el denunciante sin asistencia legal.

Elementos que se requieren para el proceso de una querella criminal

Para que se habilite la querella criminal deben cumplirse una serie de requisitos que se desprenden de la normativa vigente.

El querellante debe estar legitimado

Tienen legítimo derecho a presentar una querella criminal:

  • El Ministerio Fiscal. El organismo en ejercicio de su función de acusación pública puede perseguir cualquier delito público o semipúblico mediante una querella. Toda querella interpuesta por el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad es una querella pública.
  • Cualquier persona física o jurídica, sea afectada o no por el delito. La querella interpuesta por una persona ofendida por el delito, se considera querella privada.

Un juez competente

En el proceso que se inicia con una querella criminal, actuará un juez competente.

Procurador con poder especial

La ley establece que la querella criminal debe ser presentada por un Procurador. El profesional actuará con un poder bastante que le ha otorgado el querellante y que le permitirá representarlo en la acción penal contra el querellado.

Documento escrito

La querella criminal es un acto de comunicación que se cumple mediante un documento escrito.  Este documento debe contener la siguiente información:

  • Datos del juzgado o tribunal donde se presenta la querella
  • Datos identificativos y de localización del querellante.
  • Datos identificativos y de localización del querellado. Si el querellante no dispone de esta información específica, incluirá todos los datos que posea que permitan identificar al acusado.
  • Relato pormenorizado de los hechos significativos que avalan la querella y la acusación. Esta parte del documento es fundamental, por lo que tiene que ser muy detallada.
  • Solicitud del querellante para que el juzgado investigue minuciosamente el delito, con sugerencia de pruebas y acciones. La autoridad judicial será quien decida si corresponden las diligencias propuestas por el querellante.
  • Cuando la querella se presenta por injurias o calumnias de particulares, se exige presentar certificación de que se intentó previamente un acto de conciliación entre las partes.
  • El querellante debe prestar fianza. El juez determinará la cuantía. Se excluyen de esta obligación la persona ofendida y sus herederos. La fianza se impone únicamente a un acusador en querella pública.

Una vez presentada la querencia en el juzgado, después del análisis del cumplimiento de los requisitos, el juez decidirá si admite o no la querella.

Motivos por los que el juez puede desestimar una querella

No siempre que un ciudadano presenta una querella criminal se procede con la investigación. Hay motivos que determinan que el juez desestime la querella.

¿En qué casos el juez puede decidir no dar trámite a la querella?

Los hechos que se relatan en la querella no constituyen delito

Los acontecimientos que se presentan en el escrito de la querella no se enmarcan en ningún precepto penal. En estos casos, no se justifica iniciar un proceso penal en el que, aunque se comprueben los hechos, no constituiría delito.

No existen pruebas que avalen que se cometió un delito

A pesar de su apariencia delictiva, no se dispone de ningún elemento que avale que realmente ocurrió el hecho considerado delito, excepto el relato del querellante.

Cuando el juez considere que no es competente para tratar esta querella

En este caso, el querellante deberá presentar su querella en otro juzgado o ante otro juez.

Cuando se ha solicitado al querellante corregir errores en la presentación de la querella, pero no lo hace

En la evaluación inicial de la querella, el juez puede solicitar presentación de documentación, corrección de defectos formales o de redacción. Si el querellante no cumple con lo solicitado, la querella será desestimada.

Confiar en abogados especialistas en querellas garantiza que el documento inicial y los caminos para la admisión se realicen de acuerdo con lo que estipula la ley.

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