Delitos contra la libertad sexual

Nueva ley de libertad sexual: la ley del solo si es si

Por primera vez en la historia legal de España se constituye una ley de libertad sexual que define qué es consentimiento en delitos sexuales y que, por otro lado, penaliza el acoso callejero. Dos puntos que interesa profundizar a lo largo del artículo.

Primeramente, se debe comprender que su redacción partió de las incongruencias que se detectaron al juzgar el caso polémico de La Manada. Cinco años después de la violación a la menor, esta ley eleva algunos conceptos a fin de reelaborar los delitos de libertad e indemnidad sexual.

Así, la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual significa más de lo que parece.

Ley de solo sí es sí, la ley que extiende su finalidad a toda la jurisprudencia española

Se equipara a la redactada para casos de violencia de género. Asimismo, se alza como una Ley Orgánica integral. Ello motiva que la jurisprudencia adapte todo el Código Penal y las normas en general para tratar el derecho a la libertad sexual desde esta perspectiva. Por otro lado, se elimina del texto legal el delito de abuso sexual, incluyendo un tipo de agresión sexual leve que, medianamente, lo sustituye.

De igual forma, se lista una serie de supuestos que serán de gran relevancia para cualquier abogado penalista. Partiendo de los delitos ya tipificados anteriormente en la normal penal, se incluyen otros que tienen en cuenta el contexto actual. En concreto, aquellos que abordan todo lo sucedido en los ámbitos digitales, es decir, la extorsión sexual y la pornografía en términos generales.

Junto a estos, también se contemplan los casos de trata con fines de explotación sexual, matrimonio forzado o mutilación de los genitales. Recordemos que catalogados como delitos contra la libertad e indemnidad sexual se encuentran, entre otros, los delitos de agresión sexual, violencia de género, violencia doméstica, explotación etc.

A fin de abordar los homicidios post-violación, se añade un precepto que considere estos supuestos, a la vez que le da un significado claro y conciso. Se entenderá así como el tipo penal más grave que trae consigo esta Ley.

En términos legales se define como un femicidio sexual que conforma el nivel más grave de vulneración de derechos humanos vinculados a los actos sexuales.

El consentimiento en los preceptos referidos a delitos de libertad e indemnidad sexual

Ahora bien, a expensas de la opinión del Poder Judicial, se elabora por primera vez una definición sobre consentimiento. Hasta el momento, el Código Penal no valoraba que era este concepto, sino más bien que no era. Ello permitía dejar en el aire algunos supuestos no clasificados que podían ser penados. Ahora, gracias a la nueva definición, se pueden resolver supuestos de forma menos arbitraria.

Concretamente, esta ley entiende como consentimiento a cualquier circunstancia que parta de una manifestación libre, traducida en actos de libre voluntad. Es decir, atendiendo al contexto del hecho, se analiza si la persona declara de forma clara y libre su voluntad de mantener relaciones sexuales.

Acoso callejero: una nueva forma de abordar los problemas del nuevo contexto social

Con respecto a la novedad legal, la ley plantea el tipo penal del acoso callejero, siendo algo muy exclusivo del ordenamiento español. De esta forma, se abre la posibilidad de castigar las conductas que se dirijan, mayoritariamente, hacia mujeres y vulneren su derecho de libertad sexual en ciertas situaciones. Situaciones que conlleven comportamientos o proposiciones con connotación sexual y que humillen, intimiden o agredan a la propia víctima.

Así, este precepto legal ocuparía uno de los delitos más leves que cubre la presente norma. Su planteamiento impide que se pueda llegar a remitir a delitos de mayor gravedad, anulando cualquier concurrencia delictual. El tipo penal absorbe las consecuencias, siempre y cuando no excedan de la definición contemplada. Cabe destacar que la forma de comenzar un proceso penal será mediante previa denuncia de la persona perjudicada. En lo que respecta a las consecuencias punitivas, no se prevé pena privativa de libertad, sino privación de derechos o multa de 1 a 4 meses.

El sentido de eliminar el delito de abuso sexual: progresión penal

La modificación del Código Penal no refiere que haya un cambio en la forma de tratar lo que antes sería un abuso sexual. En esencia, se elimina únicamente la distinción mecánica que existía entre ambos preceptos, abuso y agresión sexual. Ahora ya no se distingue entre la existencia o no de intimidación o violencia para clasificar el delito.

Asimismo, esta modificación mantiene la punibilidad anterior, buscando que el enjuiciador pueda tener una horquilla más amplia que manejar. Algo que puede permitir adaptar de mejor forma las circunstancias a la situación concreta que se dé.

En aquellos casos referidos a menores, se elimina también la distinción entre abuso y agresión. No obstante, las penas si seguirán teniendo en cuenta el hecho de que exista o no consentimiento. También se refuerza la idea de reinserción social al obligar a los condenados a llevar a cabo programas de tratamiento de agresión sexual. Para ello, se aplicará siempre y cuando quieran acceder al tercer grado (libertad condicional) y estén condenados a más de 5 años.

Ayudas para las víctimas y adaptación del contexto social

Por lo demás, esta nueva norma estatal contempla distintos mecanismos para ayudar a las víctimas. Por un lado, se ha pedido aumentar la plantilla de los especialistas que atienden a los afectados. Ello motivado por una plantilla muy baja que trata este respecto en todo España, no siendo más de 2140 agentes.

De igual forma, se establece una ayuda económica para aquellas víctimas de delitos sexuales que no lleguen al salario mínimo interprofesional. Su funcionamiento será similar al subsidio por desempleo con una extensión de 6 meses.

Por último, se comenta la necesidad de incluir educación sexual en todas las etapas de la vida. Hecho que motivará que el gobierno español introduzca en las aulas, indiferentemente del nivel educativo, clases de concienciación, prevención y detección sexual.

Destinado, sobre todo, a identificar las violencias sexuales. Por ello, se indica la necesidad de abordar dicha problemática incluso en las carreras universitarias relacionadas con la docencia.

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